viernes, 29 de mayo de 2009

El abuso del "escaqueo" de las aseguradoras a la hora de pagar el siniestro

Cada día que pasa está siendo más habitual por parte de las aseguradoras (política agudizada más aún con la crisis) excusarse del pago de la indemnización por siniestro a que vienen obligadas, conforme a los artículos 18 y concordantes de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, en base a excusas de lo más variopinto. Las más comunes son el que "precísamente" ese riesgo no estaba cubierto, o que venía expresamente excluido en las condiciones particulares o generales (esa letra pequeña que nadie se lee porque confía en que el vendedor del seguro no le va a meter el gomazo). Recientemente he tenido el "privilegio" de leer contestaciones de las aseguradoras que le dicen a un Arquitecto que su seguro de responsabilidad civil no le cubre la que se derive de los daños producidos por defectos de diseño, o a un transportista que su seguro del camión sólo le cubre el chásis del vehículo y no todo lo demás, o que a una empresa constructora su seguro de responsabilidad civil no le cubre los daños producidos en una excavación, etc... ¿Porqué los vendedores de seguros no explican a sus clientes esos detallitos?, ¿o es que los desconocen?, ¿o es que tanto a ellos como a las aseguradoras les interesa que no se sepan?
Cada cual que piense lo que le parezca, pero, de momento, al transportista le pagaron su camión íntegro (no sin antes reclamar, claro).

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